الشريط الإخباري


lundi 18 janvier 2010

entre veinte y treinta africanos han sido detenidos durante dos dias de redadas en el CETI.


Un argelino muestra la primera cita en Comisaría

Durante el miércoles y jueves de la semana pasada la policía efectuó nuevas redadas en las que han sido detenidos entre veinte y treinta subsaharianos.


El objetivo parece haber sido limpiar las zonas del río donde los inmigrantes se habían establecido para escapar precisamente de esas redadas.


Al tiempo un grupo de 34 argelinos espera en el mismo lugar que se les autorice a entrar al CETI desde hace semanas. Según afirman cada vez que van a la cita de Comisaría para conseguir la autorización les citan para la semana siguiente.


El CETI tiene actualmente una de las ocupaciones más bajas de su historia, el colectivo de argelinos afirma que los demás inmigrantes de cualquier otra nacionalidad entran el mismo día al centro, por lo que ven claros motivos de discriminación por su nacionalidad.

los 20 hindues y pakistanies trasladados a un cie la semana pasada seran posiblemente expulsados.

La semana pasada 20 Hindúes y Pakistaníes se presentaron voluntariamente en la Comisaría de Melilla para ser trasladados a un CIE de Madrid donde permanecerán detenidos durante 60 días.



Este hecho es poco frecuente. Habitualmente los inmigrantes del CETI huyen de las redadas que organiza la policía para trasladarlos a estas cárceles de la península donde sufren todo tipo de vejaciones antes de terminar siendo expulsados a su país.


La decisión de este grupo de Hindúes y Pakistaníes parece haber sido tomada tras la liberación en un CIE de la península de un grupo de 10 hindúes de Ceuta que no pudieron ser expulsados, y tras las recomendaciones recibidas en el propio CETI de Melilla sobre que su destino sería el mismo.


Durante toda la semana el colectivo de inmigrantes orientales han vivido el espejismo de que su encierro de más de 4 años en Melilla toca a su fin, y que pronto serán liberados.


Hoy nos da la impresión de que todo ha sido un engaño. El viernes los 20 chavales que están detenidos en el CIE de Madrid recibieron la visita de personal del consulado de India y Pakistan para identificarlos.... Mal Augurio para ellos y para los que quedaron en Melilla a la expectativa de lo que ocurra con ellos.

familias de hasta tercera generacion viven en melilla sin documentacion y sin poder empadronarse.

EMPADRONAR SÓLO A LOS INMIGRANTES CON PERMISO DE RESIDENCIA ES UNA MEDIDA ILEGAL, VIOLA COMPROMISOS INTERNACIONALES DE DERECHOS HUMANOS Y PUEDE CONSIDERARSE XENÓFOBA

Amnistía Internacional reitera la necesidad de un Plan integral de lucha contra el racismo en los ámbitos nacional, autonómico y localMadrid.- Amnistía Internacional ha manifestado hoy que la reciente propuesta del Alcalde de Vic (Barcelona) Josep Maria Vila d'Abadal de aprobar una medida que permita empadronar sólo a los inmigrantes que tengan permiso de residencia es contraria a la Ley de Extranjería, desafía el cumplimiento de obligaciones internacionales contraídas por España y, además, explota y exacerba sentimientos xenófobos, racistas y discriminatorios.


Ante esta situación, las autoridades españolas deben asegurar que ni con medidas como la planteada, ni en la práctica, los inmigrantes puedan ver comprometidos sus derechos. Amnistía Internacional solicita la inmediata retirada de esta propuesta.


“La puesta en marcha de esta medida tendría consecuencias muy negativas. Por un lado, invisibilizaría a los inmigrantes sin permiso de residencia negándoles el único documento que acredita su presencia en un municipio; y por otro, aún más grave, les impediría disfrutar legítimamente de sus derechos. Negar la inscripción en el registro significa negar de manera absoluta derechos que las personas inmigrantes tienen hoy por hoy reconocidos en la Ley de Extranjería, como es el derecho a la salud y a la educación”, ha declarado Esteban Beltrán, director de Amnistía Internacional en España.


Amnistía Internacional recuerda a las autoridades de este ayuntamiento que la Ley de Extranjería vigente en España reconoce en su artículo 6.3 que: “Los ayuntamientos incorporarán al padrón a los extranjeros que tengan su domicilio habitual en el municipio y mantendrán actualizada la información relativa a los mismos”. En la legislación no hay ninguna mención a la situación administrativa de los extranjeros y por tanto nada que apoye una medida como la presentada por este ayuntamiento.


Esta medida también viola compromisos internacionales recogidos en diversos tratados internacionales ratificados por España, entre ellos, la prohibición de discriminación contenida en el Pacto de Derechos Civiles y Políticos (Artículo 2.1 y 26), y en el Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Artículo 2.2.) .


Además, en las conclusiones de la última Conferencia Mundial contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y las Formas Conexas de Intolerancia, celebrada en Durban en 2009 se insta a los Estados a que “adopten todas las medidas posibles para garantizar que todas las personas, sin discriminación, estén inscritas en el registro y tengan acceso a la documentación necesaria que refleje su identidad jurídica y les permita beneficiarse de los procedimientos y recursos legales disponibles y las oportunidades de desarrollo”.


“De acuerdo a los estándares internacionales de derechos humanos, todas las personas inmigrantes, independientemente de su situación administrativa, deben contar con la documentación necesaria para acceder al conjunto básico de derechos” continúa Beltrán.



Plan Integral de lucha contra el Racismo y la Xenofobia
Amnistía Internacional da la bienvenida a las declaraciones de la Portavoz del Consejo General del Poder Judicial y de algunos miembros del Gobierno, como el Presidente, la Vicepresidenta y el Ministro de Justicia, recordando que esta medida es contraria a la ley. La organización pide que se adopten medidas inmediatas para asegurar que no se obstaculiza el empadronamiento de inmigrantes ni en Vic ni en ningún otro ayuntamiento del Estado español.



En este sentido, Amnistía Internacional quiere recordar a las autoridades que la lucha contra el racismo y la xenofobia sigue siendo una asignatura pendiente en España, uno de los cinco Estados europeos que todavía no ha adoptado medidas efectivas para documentar los incidentes de índole racista o xenófobo a manos de particulares o agentes del Estado, ni ofrece datos periódicos sobre estos fenómenos.


Amnistía Internacional ha pedido en reiteradas ocasiones a las distintas autoridades españolas y a la sociedad que apuesten por una identidad basada no en actitudes racistas y prácticas abusivas sino en la tolerancia, la diversidad y el respeto de los derechos humanos.


Por ese motivo, Amnistía Internacional reitera su petición al Estado español de elaborar y poner en marcha de forma inmediata un Plan integral de lucha contra el racismo y la xenofobia en los ámbitos nacional, autonómico y local que incluya medidas de todo tipo (político, social, educativo, de sensibilización...) para luchar contra actos y actitudes racistas, xenófobas, antisemitas e islamofóbas, así como manifestaciones de rechazo generalizado de los inmigrantes.


El fin último es eliminar el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia en el lugar de trabajo, en su acceso a la sanidad, educación, prestaciones sociales, a la vivienda, a locales de entretenimiento o cualquier otra.




Categorías: España, Racismo y xenofobia


Más información
Gabinete de prensa de la Sección Española de Amnistía Internacional, Telf., 91 310 12 77
Centro de Documentación de AI: doc.es.amnesty.org.

vic no puede negar el empadronamiento a los inmigrantes pero en melilla se viene haciendo desde hace años.

Los polémicos criterios de empadronamiento en Vic
Polémica decisión del Ayuntamiento de Vic en el empadronamiento de extranjeros


El art. 15 Ley de Bases de Régimen Local (LBRL) obliga a "Toda persona que viva en España" a inscribirse en el Padrón del municipio en el que resida habitualmente. La misma norma añade: "Quien viva en varios municipios deberá inscribirse únicamente en el que habite durante más tiempo al año".

Al mismo tiempo, hay que recordar que el art. 6 de la Ley Orgánica sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su integración social (Ley Orgánica de Extranjería o LOEX) recoge la obligación de los Ayuntamientos de incorporar al padrón a los extranjeros que tengan su domicilio habitual en el municipio; además están obligados a mantener actualizada la información relativa a los mismos.

El art. 16 de la LBRL, en su redacción actual, señala que:

"El Padrón municipal es el registro administrativo donde constan los vecinos de un municipio. Sus datos constituyen prueba de la residencia en el municipio y del domicilio habitual en el mismo. Las certificaciones que de dichos datos se expidan tendrán carácter de documento público y fehaciente para todos los efectos administrativos."(...)

Según el art. 15 de la LBRL, "la condición de vecino se adquiere en el mismo momento de su inscripción en el Padrón" (art. 15 LBRL).

Es importante tener en cuenta la redacción ofrecida por el texto vigente, pues hasta la reforma de la LBRL 7/85, por la Ley 4/96, de 10 de enero de 1996, se consideraban meramente domiciliados a los españoles menores de edad y a los extranjeros residentes habitualmente en el término municipal y que como tales figuren inscritos en el padrón municipal.

En concreto, el artículo 16 original señalaba:

"1. La condición de residente se adquiere en el momento de realizar la inscripción en el Padrón. Los residentes se clasifican en vecinos y domiciliados.

2. Son vecinos los españoles mayores de edad que residan habitualmente en el término municipal y figuren inscritos con tal carácter en el Padrón.

3. Son domiciliados los españoles menores de edad y los extranjeros residentes habitualmente en el término municipal y que como tales figuren inscritos en el Padrón municipal. (...)".

Es decir, de forma consciente el legislador en el año 1996 anuló la diferenciación entre residentes, homogeneizó esta figura, calificando expresamente de "vecinos" a los extranjeros con domicilio habitual en un municipio. Ciertamente la homogeneización se produjo sin la atribución plena de derechos y obligaciones que contiene el art. 18 LBRL, puesto que su párrafo 2. señala:

"2. La inscripción de los extranjeros en el padrón municipal no constituirá prueba de su residencia legal en España ni les atribuirá ningún derecho que no les confiera la legislación vigente, especialmente en materia de derechos y libertades de los extranjeros en España".

Según la legislación vigente (en concreto el párrafo 2 del art. 16 de la LBRL), la inscripción padronal contendrá como obligatorios los siguientes datos: a) Nombre y apellidos; b) Sexo; c) Domicilio habitual; d) Nacionalidad; e) Lugar y fecha de nacimiento; f) Número de documento nacional de identidad o, tratándose de extranjeros: Número de la tarjeta de residencia en vigor, expedida por las autoridades españolas o, en su defecto, número del documento acreditativo de la identidad o del pasaporte en vigor expedido por las autoridades del país de procedencia; g) Certificado o título escolar o académico que se posea; h) Cuantos otros datos puedan ser necesarios para la elaboración del Censo Electoral, siempre que se garantice el respeto a los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución"

Por consiguiente, ninguna norma exige al extranjero el probar que su residencia en España es regular. Además la policía de extranjeros no es una competencia propia del Ayuntamiento

Acreditado por tanto el domicilio habitual en el municipio y con la presentación de la tarjeta de residencia o pasaporte en vigor, el Ayuntamiento vendrá obligado a inscribirle en el Padrón Municipal adquiriendo de esta forma la cualidad de vecino del municipio. Por ello, la actuación municipal denegatoria de la inscripción padronal, a sabiendas de la injusticia de su resolución, incurriría en conducta tipificada y penada en el art. 404 CP como prevaricación administrativa.



http://www.abogados.es/portalABOGADOS/blogs/paguelo/blogs.html

jeudi 14 janvier 2010

dos subsaharianos logan entrar a melilla a traves de los tubos de la depuradora.

Dos subsaharianos han logrado entrar esta mañana a través de los tubos de la depuradora del dique sur. Al parecer uno de ellos presentaba una herida en una pierna por lo que es de imaginar que habrá sido trasladado al Hospital o a algún centro de salud y posteriormente al CETI.



La Guardia Civil se hizo cargo de ellos, como es habitual, y hasta el momento no tenemos más información sobre su situación.


ÚLTIMA HORA:


Los dos chavales han sido ingresados en el CETI sobre las 13:00 de hoy.

k. y l. tienen a su hijo. el primer niño del año en el CETI.




El día 2 de enero nació en el Hospital Comarcal de Melilla el hijo de K. y L. la chica marroquí y el chico hindú a los que en principio se les denegó asilo en España y cuyo caso está pendiente de una revisión.



La madre ha sido dada de alta el día de Reyes y ha vuelto al CETI.